Normas de convivencia

Estas normas definen las características de las conductas que deben promoverse para lograr la formación y el crecimiento integral de nuestros alumnos; crear un buen ambiente educativo y de relación en el centro, valorando el espíritu de familia; favorecer el respeto a todos los miembros de la comunidad educativa y facilitar de esta manera la organización y el orden en la acción educativa.

CAPÍTULO IV DE NUESTRAS NORMAS: Se refieren a los derechos y deberes de los padres.

  1. DERECHOS
    • Que en el centro se imparta el tipo de educación definido en el carácter propio y en el proyecto educativo del centro.
    • Que sus hijos reciban una educación con las máximas garantías de calidad, en consonancia con los fines establecidos en la constitución, en el correspondiente Estatuto de Autonomía y en las leyes educativas.
    • Participar en los asuntos relacionados con el desarrollo del proceso educativo de sus hijos en el centro.
    • A estar informados sobre el proceso de aprendizaje e integración socio-educativa de sus hijos.
    • A ser escuchados en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos.
    • Ser recibidos por los profesores del centro en los horarios establecidos.
    • Ser informados de los cambios establecidos en el centro.

2.- DEBERES:

«Puesto que los padres han dado la vida a sus hijos, tienen la gravísima obligación de educarlos, por lo tanto, los reconocemos como los primeros y principales educadores de sus hijos»  A tal efecto:

    • Asistirán a las entrevistas y reuniones a las que sean convocados.
    • Cumplirán las obligaciones que se derivan de la relación contractual con el centro.
    • Cumplir puntualmente el calendario y el horario escolar.
    • Respetar la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa, no permitiéndose en ningún caso, el ejercicio de la violencia física o verbal.
    • Estimularán a sus hijos para que lleven a cabo las actividades educativas que se les encomiendan.
    • Informarán a los educadores de aquellos aspectos de la personalidad y circunstancia de sus hijos que sean relevantes en su formación e integración en el entorno escolar.
    • Respetarán el ejercicio de las competencias técnico-profesionales del personal del centro y la autoridad del profesorado.
    • Justificar por escrito las faltas de asistencia o puntualidad de sus hijos.
    • Respetar las normas de organización y convivencia del centro en aquellos aspectos que les conciernan.
    • Respetar las iniciativas e innovaciones que se introduzcan por decisión de la titularidad.

PUNTOS PRÁCTICOS A TENER EN CUENTA:

  1. UNIFORME COMPLETO (TODAS LAS PRENDAS MARCADAS Y ZAPATILLAS BLANCAS CON VELCRO).
  2. CADA ALUMNO DEBE TRAER UN CAMBIO DE ROPA Y ESTUCHE DE NECESERES QUE OS INDIQUE LA PROFESORA DE ACUERDO A LAS EDADES.
  3. LA PUERTA SE ABRE 5 MINUTOS ANTES Y SE CERRARÁ A LAS 9:10 POR LO QUE ROGAMOS SEA PUNTUAL Y EVITE INTERRUMPIR EL INICIO DEL HORARIO LECTIVO YA QUE DESPUÉS DE ESTE HORARIO NO SE ABRIRÁ LA PUERTA SINO HASTA LOS SIGUIENTES HORARIOS: 12:00 Y 12:30.
  4. SE AVISARÁ CON ANTELACIÓN CUALQUIER SALIDA ANTES DEL HORARIO (SIEMPRE QUE SE TRATE DE UNA CAUSA JUSTIFICADA) Y PARA DICHAS SALIDAS SE TOMARÁN LOS HORARIOS DE PORTERÍA: 12:00; 12:30; 14:30; 16:00; 17:00 HRS.
  5. LA INASISTENCIA DEL NIÑO POR ENFERMEDAD O CUALQUIER OTRA CAUSA HA DE SER NOTIFICADA PERSONAL O TELEFÓNICAMENTE.
  6. PASADOS 15 DÍAS DE AUSENCIA DEL NIÑO SIN NOTIFICACIÓN ALGUNA POR PARTE DE LOS PADRES, EL CENTRO DISPONDRÁ DE LA PLAZA A FAVOR DE OTRO ALUMNO.
  7. NO SE RECIBIRÁ A LOS NIÑOS CON FIEBRE O ENFERMEDADES INFECCIOSAS.
  8. NO SE ADMINISTRARÁN MEDICAMENTOS SIN LA PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE LOS PADRES O TUTORES DE LOS NIÑOS.
  9. EN CASO DE INTOLERANCIAS, ALERGIAS U OTRAS ENFERMEDADES CRÓNICAS ES IMPRESCINDIBLE LA ENTREGA DEL INFORME MÉDICO.
  10. LOS NIÑOS NO DEBEN TRAER AL CENTRO OBJETOS DE VALOR O JUGUETES YA QUE EL CENTRO NO SE HACE RESPONSABLE DE LAS POSIBLES PÉRDIDAS.
  11. EL COBRO DE LAS MENSUALIDADES SE EFECTUARÁ DENTRO DE LOS PRIMEROS CINCO DÍAS DE CADA MES.
  12. DURANTE LA AUSENCIA NO SE HACE DESCUENTO DE LA PENSIÓN.